BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “APERTURA JUJUY”

01- Bazar Avenida S.A. asume, en nombre y por cuenta propia, la organización de la promoción denominada “APERTURA JUJUY”. Cuando en la presente base se menciona a “Megatone” deberá entenderse que se está haciendo referencia al Organizador de la promoción. La presente promoción se desarrollará desde las 08.00 horas del 14 de julio de 2021, hasta las 23.30 horas del 26 de agosto de 2021. La cobertura geográfica de la presente alcanza toda la zona de influencia de la sucursal que Bazar Avenida S.A. tiene en calle Belgrano de la localidad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy. Cualquier interesado, durante el horario de atención al público de la mencionada sucursal, podrá solicitar información acerca de los alcances y modalidades de la presente.

02- En el marco de la presente promoción, será efectuado un Sorteo General.

Podrán participar del Sorteo General todas aquellas personas, mayores de 18 años, que se registren en la web del sorteo. Todos los datos deberán estar completos para que el registro tenga validez. La empresa organizadora se reserva el derecho de anular los registros que no se hallen correctamente completados a través de www.promomegatone.com.ar/jujy y completen el formulario que allí se les proporcionará.

03- El plazo de participación en la presente promoción finaliza a las 23:30 horas del 26 de agosto de 2021, SIN EXCEPCION. La sucursal de Bazar Avenida S.A. que participa de la presente promoción está ubicada en calle Belgrano, de la localidad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.

04- El día 27 de agosto de 2021, a las 15.00 horas, ante Escribano Público, en las instalaciones de la casa central de Bazar Avenida S.A. ubicada en Cayetano Santi 1045, de la localidad de Rafaela, provincia de Santa Fe, serán efectuados los sorteos que se detallan a continuación:

04- A- Sorteo General

Entre todas las personas que hayan completado el formulario de inscripción en www.promomegatone.com.ar/jujuy, según se consigna en el punto 02 de estas bases, se efectuará el sorteo de nueve (9) cupones, del cual surgirán nueve (9) ganadores.

Los cupones que se extraigan resultarán ganadores y obtendrán como premio los bienes especificados a continuación y en el orden en el que allí se indica.

1. Un (1) TV LED 50" 50PUD6654 SMART PHILIPS o producto de similares características
2. Un (1) Celulares LG Q60 o producto de similares características
3. Una (1) Notebook LMX525HA HP o producto de similares características
4. Dos (2) Impresoras DESKJET 2375 HP o producto de similares características
5. Tres (3) Parlantes DW-D1005 Daewoo o producto de similares características
6. Un (1) Parlante TAX3705/77 Philips o producto de similares características
7. Un (1) Parlante Inalambrico TAS7505/00 Philips o producto de similares características
8. Un (1) Auricular SHB2505WT/10 Philips o producto de similares características
9. Una (1) Sony Play Station 5

Una vez extraído el cupón mencionado en la presente cláusula, se extraerán tres (3) cupones extra por cada premio, a los efectos de actuar como suplentes para el caso de que el ganador no retirara su premio dentro de los plazos establecidos en el punto 05 de estas bases. En el caso de extraerse entre los participantes un cupón con los datos de una la misma persona, sólo se tendrá en cuenta para la adjudicación de las suplencias al primero de ellos. En consecuencia, se extraerán tantos cupones participantes como sea necesario para completar la grilla de tres (3) suplentes, sin que se reiteren los datos de ningún suplente. El orden de las mencionadas suplencias se determinará por el orden de extracción de los cupones, de manera que el primer cupón extraído será primer suplente, el segundo cupón extraído será segundo suplente y así sucesivamente. El orden de la asignación de los premios se determinará siguiendo el orden del sorteo de los mismos. El Organizador notificará, en caso de ser necesario, al suplente que adquiera el derecho a un premio.

El premio se entregará, previa deducción de las especificaciones del punto 11 de estas bases, dentro de un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de haber finalizado la promoción.

Para hacer efectiva la entrega del premio, el respectivo ganador deberá participar en un Concurso de habilidad y destreza, para lo cual deberá responder correctamente al menos 3 de las 4 preguntas que se le realizarán, referidas a temas de cultura general. En caso de contestar correctamente las preguntas se hará acreedor al mencionado premio. De no responder correctamente dichas preguntas, habrá perdido el concurso y nada tendrá que reclamar por ningún concepto al Organizador ni a ninguna otra persona con motivo de este evento.

05- El ganador será informado dentro de un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de haber finalizado la promoción, a través de medios de difusión de alcance idéntico al de los utilizados para la divulgación de la misma.

Asimismo, los ganadores del Sorteo General serán contactados por vía telefónica y/o por correo electrónico, tomando en consideración los datos consignados en su cupón de participación o en el formulario que haya completado en www.promomegatone.com.ar/jujuy, según corresponda. Se realizarán hasta cinco (5) intentos de contacto, en días y horarios diferentes. En caso de que el ganador no respondiera ninguno de los mencionados intentos de contacto, perderá su derecho al premio, y nada podrá reclamar a Bazar Avenida S.A. El premio será asignado al suplente correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el punto 04 de estas bases.

El ganador tendrá un plazo perentorio de siete (7) días corridos contados desde la notificación fehaciente para retirar su premio. Vencido dicho plazo, perderá su derecho al premio, y nada podrá reclamar a Bazar Avenida S.A. El premio será asignado al suplente correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el punto 04 de estas bases.

Cada ganador podrá canjear su premio por una orden de compra por un valor equivalente al setenta por ciento (70%) de su precio de venta al público. La orden de compra se habilitará para realizar compras en la sucursal de Megatone de Santa Fe, con vigencia a partir del momento de su activación y hasta el 28 de septiembre de 2021. La orden de compra será apta para la compra de cualquier artículo bajo la condición de precio de lista, no aplicable a ofertas o precios especiales vigentes y no aplicable al pago únicamente de cuotas. La orden de compra no será divisible en más de una compra y no generará vuelto. El valor del/los producto/s adquirido/s no podrá ser inferior al valor de la orden de compra obtenida.

Los premios no podrán ser canjeados por dinero en efectivo.

Por el término de tres (3) años, el Organizador se compromete a mantener a disposición de la autoridad de aplicación el listado completo de los ganadores, con su correspondiente constancia de recepción.

06- Las probabilidades de adjudicación de cada premio se estiman en una en 175.000, de acuerdo el historial de participación en promociones de similares características, realizadas por el Organizador.

07- Los ganadores, por su sola participación, autorizan al Organizador a difundir sus datos personales, localidad donde viven, imágenes y voces y los de su grupo familiar, con fines publicitarios relacionados con esta promoción, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin tener por ello derecho a recibir compensación alguna, durante toda la vigencia de la promoción y hasta transcurridos ciento ochenta (180) días de su finalización. Asimismo, cada participante, por el simple hecho de participar de la presente promoción, autoriza al Organizador a utilizar sus datos para incorporarlos en su base de datos, garantizando fielmente el Organizador confidencialidad en la recopilación de dichos datos, junto a su exclusivo uso y acceso.

08- Están inhabilitados para participar en esta promoción: los Directores de la empresa Organizadora, el personal dependiente de ella, sus familiares directos; sus agencias de publicidad, dependientes de ellas; proveedores y dependientes de ellos.

09- Esta promoción podrá ser suspendida o modificada por el Organizador por razones que lo justifiquen, y por caso fortuito o por fuerza mayor, sin necesidad de aviso previo.

10- La participación en esta promoción implica el conocimiento y aceptación de todas sus bases y condiciones, como así también, de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas, las cuales tendrán carácter de definitivas e inapelables.

11- Los gastos, impuestos, tasas, contribuciones que graven a los premios en forma directa o indirecta como así también, de corresponder el impuesto Ley 20630, serán a exclusivo cargo de los beneficiarios del sorteo, actuando Bazar Avenida S. A. en su carácter de Organizador conforme al artículo 2 de la citada norma. En el caso de la moto, todos los gastos de formularios de patentamiento, flete y puesta a punto serán a exclusivo cargo del correspondiente ganador. Asimismo, los gastos de envío a domicilio de los premios, de corresponder, serán a exclusivo cargo del correspondiente ganador.

12- El Organizador se declara único responsable de la entrega de los premios, liberando y eximiendo de toda responsabilidad a la entidad autorizante por cualquier incumplimiento. Los beneficiarios hacen expresa y voluntaria renuncia a todo reclamo de índole administrativo, judicial o extra judicial contra la entidad autorizante.

13- Por cualquier divergencia que pueda presentarse alrededor de la presente promoción y, a todos los efectos de la misma, cada una de las partes implicadas se encontrará sometida a la competencia y jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, República Argentina, debiendo verse bajo el compromiso de renunciar a cualquier otra competencia o jurisdicción que pudiera corresponder.